
El Gobierno dispuso la intervención temporal de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) por un periodo de hasta 180 días calendario, debido a deficiencias identificadas en los procesos de importación y distribución de carburantes.
La medida está establecida en el Decreto Supremo 5697, aprobado el 1 de septiembre, que crea además una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria encargada de supervisar y evaluar la gestión de la petrolera estatal durante el periodo de intervención.
El plazo de intervención podrá ampliarse excepcionalmente una sola vez por hasta 90 días, mediante resolución ministerial del Ministro de Hidrocarburos, siempre que persistan las causas que motivaron la medida. También podrá concluir antes si se superan las condiciones que dieron lugar a su aplicación.
Según el decreto, la intervención responde a las “deficiencias en los procesos de la cadena logística de importación y distribución de carburantes”, consideradas un riesgo para el interés público y la seguridad energética del país.
La norma aclara que la medida no supone la supresión de YPFB ni modifica su naturaleza jurídica o estructura institucional.
Comisión de intervención
La Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria estará integrada por ministros o representantes de las carteras de Economía; Producción; Hidrocarburos; Obras Públicas; además del Viceministerio de Transparencia.
Entre sus principales tareas estará la revisión de las áreas de comercialización, logística y trazabilidad de combustibles. También podrá recomendar auditorías para identificar posibles redes de contrabando, desvío, acopio y otras irregularidades, además de establecer responsabilidades del personal involucrado.
La comisión tendrá facultades para revisar los procesos de importación, adquisición, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de carburantes.
Asimismo, podrá formular recomendaciones destinadas a corregir deficiencias administrativas, técnicas, financieras, operativas y logísticas, además de evaluar decisiones que hayan podido afectar el abastecimiento de combustibles, la seguridad energética o los recursos del Estado.
Entre sus atribuciones también se encuentra la posibilidad de recomendar la remoción de personal y solicitar la incorporación de profesionales especializados, consultores, peritos técnicos y personal de apoyo.
El presidente y el personal administrativo, técnico y operativo de YPFB deberán entregar la información que sea requerida por la comisión dentro de los plazos establecidos. El incumplimiento podrá generar responsabilidades administrativas y/o penales.
Auditorías y posibles responsabilidades
La comisión podrá recomendar auditorías técnico-legales, financieras, administrativas, operativas y logísticas. Si estos procesos identifican posibles responsabilidades, deberá elaborar informes con los hechos observados, las personas involucradas, la documentación de respaldo y las acciones recomendadas.
Los resultados podrán ser remitidos a la Contraloría General del Estado, el Ministerio Público, la Procuraduría General del Estado y otras autoridades competentes, cuando corresponda.
El decreto también establece que la intervención no requerirá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación. Los gastos que genere la medida deberán ser cubiertos con los presupuestos institucionales de las entidades que forman parte de la comisión.