
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó este miércoles un proyecto de ley que prohíbe al Ejecutivo volver a designar a un ministro o ministra de Estado que haya sido censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), como resultado de una interpelación.
La normativa modifica la Ley N° 1350, del 16 de septiembre de 2020, incorporando disposiciones más estrictas sobre los efectos de la censura legislativa, en línea con lo establecido por la Sentencia Constitucional 0023/2023 del 5 de abril.
Uno de los artículos clave del proyecto señala que, una vez emitida la censura por la ALP, el Presidente o la Presidenta del Estado deberá destituir a la autoridad censurada mediante decreto presidencial, en un plazo máximo de 24 horas desde la notificación formal.
Asimismo, se incorpora la prohibición expresa de designar nuevamente en la misma cartera a la persona censurada, cerrando así la posibilidad de una eventual ratificación en el mismo cargo.
El proyecto de ley fue aprobado en sus estaciones en grande y en detalle, y fue remitido a la Cámara de Diputados para su tratamiento correspondiente.
Esta iniciativa legislativa surge como respuesta a precedentes en los que ministros censurados fueron destituidos formalmente, pero poco después reincorporados en las mismas funciones, lo que generó críticas por parte de sectores políticos y sociales respecto a la efectividad del control político ejercido por el Legislativo.